1. Principios generales

1.1 Jesucristo tiene toda autoridad en el cielo y en la tierra (Mt. 28:18) y Él reina como cabeza sobre su iglesia (Col. 1:18; Ef. 1:22), la cual Él compró con su propia sangre (Hech. 20:28; Heb. 13:12). Toda autoridad en la iglesia proviene de Él y se ejerce en su nombre.

1.2. Una iglesia local consiste de un cuerpo de creyentes bautizados reunidos para la adoración de Dios y el cumplimiento de la comisión de Cristo de discipular a las naciones (Mt. 28:19-20). La adoración de la iglesia incluye de manera esencial la predicación de la Palabra, la administración de los sacramentos del bautismo y la cena del Señor y la preservación de la santidad corporativa por medio de la disciplina. También incluye el canto de canciones, himnos y canciones espirituales y el ejercicio de los dones espirituales para la edificación mutua.

1.3 Cada iglesia Gracia Soberana es una expresión de la Iglesia universal y como tal tiene una integridad esencial como una iglesia genuina. Una iglesia local, como iglesia de Jesucristo, no depende para su identidad esencial de su afiliación institucional con ninguna otra iglesia. Cada iglesia local tiene la autoridad para presidir sus propios asuntos, llamar y ordenar a sus propios diáconos y ancianos, y conservar su santidad mediante la disciplina de la iglesia cuando sea necesario.

1.4 La estructura fundamental de gobierno de una iglesia local es su cuerpo de ancianos. Los ancianos de cada iglesia local tienen la responsabilidad principal de conducir sus asuntos bajo el señorío de Cristo y la autoridad de la Escritura.

  • 1.4.1 Los términos “anciano”, “pastor” y “obispo” se refieren a la misma posición (Tit. 1:5,7; Hech. 20:17, 28; 1 Ped. 5:1,2).
  • 1.4.2 Si bien los líderes no son totalmente indispensables para la existencia de la iglesia local, son necesarios para su bienestar (Tit. 1:5,7; Hech. 20:17,28; 1 Pe. 5:1,2).
    • 1.4.3 Cada iglesia debe esforzarse por tener una pluralidad de ancianos, de acuerdo a los precedentes y preceptos bíblicos (Hech. 11:30; 13:1; 14:23; 15:2, 4, 6, 22-23; 16:4; 20:17, 21:18; 1 Tim. 5:17; Tit. 1:5; Stg. 5:14; 1 Ped. 5:1). Esta prioridad, si bien bíblica, no es absoluta. El Nuevo Testamento puede prever una iglesia sin una pluralidad de ancianos y la meta de pluralidad dependerá la posibilidad de contar con ancianos calificados (1 Tim. 5:22).
  • 1.4.4 A pesar de que los ancianos tienen diferentes dones y funciones (1 Cor. 12; Rom. 12:3-8; cf. 1 Cor. 3:5-9; Lc. 19:11-27), todos deben cumplir con los mismos requisitos ya que todos ocupan el mismo oficio (1 Tim. 3:1 -7; Tit. 1:5-9), que consiste en esencia en dirigir y enseñar (1 Tim. 3:2; cf. 2 Tim. 2:24; Tit. 1:9).
  • 1.4.5 Dado que todos los ancianos ocupan el mismo cargo, ellos gozan de la misma autoridad y actúan como un cuerpo (Hech. 13:1-3; 15:22-23).
  • 1.4.6 Los ancianos deben recibir una remuneración (1 Cor. 9:6-14; Lc. 10:7/Mt. 10:10), y la congregación tiene el deber correlativo de pagarles si es posible (Gál. 6:6, 1 Tim. 5:17-18). ^9c77f0
    • 1.4.7 Los ancianos, como pastores subordinados a Cristo (1 Ped. 5:1-4) deben servir como ejemplo, enseñar la sana doctrina, guardar contra la falsa doctrina, cuidar del bienestar espiritual de la iglesia, presidir sobre los asuntos de la iglesia, equipar a la iglesia para el ministerio y formar al futuro liderazgo.
  • 1.4.8 Los apóstoles y ancianos gobernaron las iglesias del Nuevo Testamento. Las Iglesias Gracia Soberana permiten creer en apóstoles actuales o en un liderazgo apostólico sin considerarlo una formalidad ni mencionarlo de manera explícita en su forma de gobierno. Las Iglesias Gracia Soberana reconocen el cargo de anciano como vigente hoy en día. El cargo de diácono continúa también pero no es un cargo que otorgue autoridad. Algunas de las funciones no autoritativas de los apóstoles son llevadas a cabo por líderes regionales y por los miembros del Equipo de Liderazgo Nacional.
  • 1.4.9 Los miembros de la iglesia no tienen un estatus inferior al de los ancianos, sino que gozan de la misma posición delante de Cristo y son miembros de su cuerpo. Todos los miembros de la iglesia —ancianos y congregantes— son ovejas bajo la autoridad del Príncipe de los Pastores, sometidos a la Palabra de Dios. Todos poseen los mismos privilegios de ser adoptados por Dios, redimidos por Cristo y llenos del Espíritu Santo. Los miembros de la iglesia tienen también responsabilidades vitales que contribuyen a la vida y misión de la iglesia.
    • 1.4.10 Además de su rol vital y múltiples privilegios, los miembros de la iglesia están llamados a someterse a sus ancianos en los asuntos de la iglesia (1 Tes.5:12-13; Heb. 13:17; 1 Ped. 5:5), asumiendo que los ancianos enseñen fielmente y ejerzan su liderazgo de acuerdo con la Palabra de Dios, la cual delimita su autoridad.
  • 1.4.11 La responsabilidad de recibir y excomulgar a los miembros de la iglesia le pertenece a la iglesia en conjunto (Mt. 18:18-20) pero se le es transmitida de manera específica a los directivos de la iglesia para ejercer liderazgo en la congregación (Mt. 16:18-19; Jn. 20:23; 1 Cor. 4:14-4:13; 2 Cor. 13:1-4). Además de una amplia gama de otras responsabilidades mutuas (p. ej. amor, aliento, cuidado, etc.), los congregantes están obligados a confrontar amorosamente unos a otros en caso de pecado impenitente (Mt. 18:15-16). Los directivos están autorizados a escuchar tales acusaciones y proveer un veredicto a nombre de toda la iglesia y en su presencia, en el nombre y poder de Cristo Jesús, como una solicitud corporativa para que el pecador se arrepienta (Mt. 18:17, 20; 1 Cor. 4:19-21; 5:4-5). Los congregantes tienen la obligación de llevar a cabo la medida disciplinaria de la excomunión al tratar a la persona como no creyente (1 Cor. 5:9-13; 2 Cor. 2:6; 2 Tes 3:6, 14-15). Los directivos deciden también cuando volver a admitir al contrito a la comunidad de la iglesia (2 Cor. 2:6-8). Es la responsabilidad de los congregantes el perdonar, consolar y reafirmar su amor hacia dicha persona (2 Cor. 2:7-8).
  • 1.4.12 Los congregantes ayudan a identificar hombres de entre ellos que están calificados para servir como líderes (Hech. 1:23; 6:3a, 5). Pero solo los directivos, con el consejo y apoyo de la congregación, ejercen la autoridad de escoger, ordenar y establecer líderes en la iglesia (Hech. 6:3b, 6; 14:23; 1 Tim. 3:1-13; 4:14; 5:22; 2 Tim. 2:2; Tit. 1:5).
  • 1.4.13 Los congregantes tienen el deber de denunciar la inmoralidad o heterodoxia (mala doctrina) de los líderes de la iglesia (2 Cor. 11:4; 1 Tim. 5:19). Los líderes tienen la obligación de juzgar las acusaciones y pronunciar una reprimenda pública en contra de los que continúen en pecado (1 Tim. 5:19-21).

1.5 Cristo es la cabeza de un cuerpo, la Iglesia universal, la cual consiste de los santos escogidos de todos los tiempos que comparten una esperanza, un Señor, una fe, un bautismo y un Dios y Padre de todos, quien está sobre todo, por medio de todo y en todo. Las iglesias locales de Gracia Soberana buscan dar a su unidad espiritual en Cristo tanta expresión institucional específica como sea viable. De esta manera damos testimonio visible a nuestra unión bajo una cabeza, Cristo Jesús; nos beneficiamos de los dones y sabiduría de otros líderes y miembros del cuerpo de Cristo; aumentamos nuestra efectividad en completar la misión que Cristo ha dado a su iglesia; nos esforzamos en alcanzar y proteger la unidad de la fe y del conocimiento del Hijo de Dios; y así el cuerpo entero, unido y sostenido por cada miembro con el cual está equipado, cuando está obrando de manera adecuada, crece hacia la condición de un hombre maduro.

1.6 Asimismo, ni una iglesia local es omnicompetente o autosuficiente para llevar a cabo la misión que Cristo ha confiado a la Iglesia (Mt. 28:19-20). Cada cuerpo local existe en necesidad de otros cuerpos locales en una relación de interdependencia.

1.7 Esta interdependencia es expresada de manera más adecuada cuando una iglesia local se asocia en cuerpos eclesiásticos más amplios compartiendo recursos, misión, cuidado, apoyo, edificación y cooperación en su gobierno. Dicha cooperación es necesaria para la protección de la fidelidad doctrinal y los estándares de santidad, la dirección de una misión común y la disposición de fondos comunes. Los miembros de un cuerpo eclesiástico conllevan un grado substancial de responsabilidad congregacional por la santidad y bienestar del cuerpo entero.

1.8 Por tanto, los ancianos de las iglesias locales son responsables por su vida y doctrina, no solo a sus propias congregaciones, pero también en parte al cuerpo eclesiástico más amplio, representado por sus líderes. La autoridad que un grupo de ancianos locales ejercen sobre su congregación local no debe ser una autoridad absoluta sin apelación o recurso posteriores.

1.9 Las iglesias Gracia Soberana México expresan estos principios de unidad espiritual de manera primordial a través de la Asamblea Mexicana de Ancianos y el Consejo de Ancianos. Estas entidades avanzan la misión al administrar la plantación de iglesias, entrenamiento pastoral y educación teológica y estándares de ordenación. Por medio de las acciones de estas entidades, las iglesias comparten recursos materiales y espirituales unos con otros. La Asamblea Nacional de Ancianos y el Consejo de Ancianos también ayudan a mantener la integridad de nuestro testimonio corporativo por medio del ejercicio de funciones extra locales específicas. Estas asambleas, a las cuales los ancianos acceden a someterse y rendir cuentas, sirven como una protección a las congregaciones locales. Además, llevan a cabo una función vital y necesaria en el proceso de la ordenación de ancianos, su reprensión, evaluar su cualificación para el cargo y otras funciones judiciales descritas en detalle más adelante en las Reglas de Disciplina. Cada iglesia mantiene el control sobre su propia propiedad y bienes físicos de acuerdo con sus estatutos y no renuncia tal control al adherirse a una unión eclesiástica.

1.10 Las iglesias Gracia Soberana se componen de una entidad eclesiástica, unidas de manera significativas en una confesión de fe común, en pos de una misión común, en el cuidado de la santidad congregacional de todos los miembros y en el gobierno de la asamblea de ancianos.

  • 1.10.1 Cada iglesia o asociación de iglesias particulares tienen el derecho de determinar los términos para la incorporación a su comunidad, las cualificaciones de sus pastores y los funcionamientos de su gobierno interno siempre y cuando sean conforme a la Palabra de Dios. Las iglesias Gracia Soberana México, en base a su mutuo amor y confianza, han determinado de manera voluntaria aprobar y apropiarse de la Declaración de Fe de Gracia Soberana, el Acuerdo de Asociación y el Libro de Gobierno mexicano como estatutos y normas gobernantes para regir su comunión local y con otras iglesias Gracia Soberana. Esta unión genuina entre las iglesias Gracia Soberana de México conlleva todos los derechos y privilegios correspondientes a cada iglesia local de Gracia Soberana. Esta unión entra en efecto para una iglesia miembro cuando sus ancianos han firmado el Acuerdo de Asociación apropiado (cf. LG-19) y ha sido aceptada y aprobada por la Asamblea Nacional de Ancianos.

  • 1.10.2 La unión y comunión dentro de un cuerpo eclesiástico es mucho más que un medio temporal para recibir los beneficios de tal unión. La unión conlleva con ella tanto beneficios como responsabilidades. Aunque por ahora no es factible alcanzar una unidad doctrinal y eclesiástica dentro del cuerpo de Cristo, es admirable demostrar de manera tangible la realidad del amor de Dios por su Hijo, su Iglesia y su pueblo por medio de unirse y permanecer en una comunión de buena fe con otras congregaciones cristianas de un mismo sentir.

  • 1.10.3 La forma de gobierno de Gracia Soberana México le da una expresión tangible al mandato de Dios de procurar la unidad de manera doctrinal y el amor (Jn. 17:20-23) al unir congregaciones a un cuerpo eclesiástico más amplio de iglesias afiliadas. Por lo tanto, así como una iglesia o un individuo no debe entrar en una comunión de iglesias con ligereza, de esa manera tampoco debe abandonar una comunión de iglesias de manera casual. La disociación con frecuencia expresa un mensaje falso sobre los lazos del amor cristiano. Las iglesias cristianas tienen una responsabilidad de procurar la unidad (ver Fil. 2:2, 4:2; 1 Cor. 1:10; Efe. 4:3, 12-13) dentro de sus afiliaciones formales tanto locales como extra locales (1 Cor. 1:2). Una de las maneras en las que ese compromiso con Cristo y su iglesia puede expresarse es uniéndose de manera voluntaria con otras iglesias de un mismo sentir a menos de que tal asociación sea impedida por motivos de consciencia o de infidelidad doctrinal. La misma sobriedad y reticencia que debe caracterizar una decisión de parte de Gracia Soberana al destituir una iglesia debe estar presente si una congregación local considera terminar su asociación e interconexión al cuerpo eclesiástico más amplio. Además, cualquier iglesia local considerando disociarse debe considerar no solo los beneficios que estará perdiendo, pero los dones que privará al cuerpo eclesiástico más amplio por medio de tan severa acción. El privilegio de asociación (el cual incluye rendición de cuentas doctrinales y morales y una comunión continua en una organización de iglesias expresando la unidad y el amor de Cristo) toma precedencia sobre temas de conveniencia, preferencia, circunstancias difíciles, una falta de voluntad para hacer concesiones pequeñas sobre asuntos de tercer orden o una postura de independencia ilimitada. Al proteger la reputación de Cristo, cada iglesia debe hacer un esfuerzo concertado, vigoroso y duradero para conservar la unidad del Espíritu en el vínculo de paz, modelando el amor de Cristo en su comunión entre iglesias, al solo separarse de tal comunidad debido a circunstancias excepcionales. 1.11 Afirmamos que la iglesia visible es la única organización en la tierra que está comisionada y equipada de manera explícita por Cristo para discipular a las naciones. Por lo tanto, ninguna otra organización paraeclesiástica ha sido equipada o comisionada como la Iglesia de Jesucristo. Dado que la iglesia visible no debe delegar sustancialmente su misión a ninguna otra organización, las Iglesias Gracia Soberana, Inc., está intencionalmente organizada como un instrumento de las iglesias de Gracia Soberana que ayuda a facilitar su cooperación en la relación y una misión común. Su Comité Ejecutivo, Equipo de Liderazgo, y empleados no ocupan un cargo eclesiástico diferente o superior al de cualquiera de los ancianos. Como hombres provistos con un conjunto de dones para proveer liderazgo a la iglesia en su misión más amplia, los directores y miembros del Comité Ejecutivo están comisionados para tales tareas únicas por los ancianos de Gracia Soberana ante quienes rinden cuentas. No tienen una autoridad especial en las iglesias distinta a aquella que les ha sido delegada de manera específica por los ancianos.

    1.12 Afirmamos que Gracia Soberana México existe para promover los valores compartidos de:

  • Soteriología reformada

  • Predicación expositiva centrada en el evangelio

  • Neumatología continuista

  • Liderazgo complementarista en el hogar e iglesia

  • Iglesias gobernadas y lideradas por ancianos

  • Evangelismo y plantación de iglesias nacional e internacional

  • Iglesias interdependientes unidas en compañerismo, misión y forma de gobierno

1.13 El Libro de Gobierno Mexicano define la estructura y valores clave de nuestra asociación en el evangelio en Iglesias Gracia Soberana México. La suscripción al Libro de Gobierno requiere que los ancianos cumplan con lo que se manda de manera explícita y se retengan de lo que prohíbe de manera explícita, mientras operan con sabiduría bíblica de acuerdo con los valores de Gracia Soberana en todos los demás asuntos. El Libro de Gobierno Mexicano no provee directivas detalladas para cada acción que tomemos en el curso normal de nuestra vida juntos, pero provee valores que nos guían y una dirección específica para algunos puntos decisivos cruciales.