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Artículo 7

Esta elección es un propósito inmutable de Dios mediante el cual Él, antes de la fundación del mundo, de entre todo el género humano caído, por su propia culpa, de su estado original de rectitud, en el pecado y la perdición, predestinó en Cristo para salvación, por pura gracia y según el beneplácito de Su voluntad, a cierto número de personas, no siendo mejores o más dignas que las demás, sino hallándose en la misma miseria que aquellas; y puso a Cristo, también desde la eternidad, por Mediador y Cabeza de todos los elegidos, y por fundamento de la salvación. Y, a fin de que fueran hechos salvos por Cristo, Dios decidió también dárselos a Él, llamarlos y atraerlos poderosamente a Su comunión por medio de Su Palabra y Espíritu Santo, o lo que es lo mismo, Dotarlos de verdadera fe en Cristo, justificarlos, santificarlos y, finalmente, guardándolos poderosamente en la comunión de Su Hijo, glorificarlos en demostración de Su misericordia y para alabanza de las riquezas de Su gracia soberana. Conforme está escrito: “según nos escogió en Él antes de la fundación del mundo, para que fuéramos santos y sin mancha delante de Él. En amor nos predestinó para adopción como hijos para sí mediante Jesucristo, conforme al beneplácito de su voluntad, para alabanza de la gloria de su gracia que gratuitamente ha impartido sobre nosotros en el Amado” (Efesios 1:4-6); y en otro lugar: “y a los que predestinó, a ésos también llamó; y a los que llamó, a ésos también justificó; y a los que justificó, a ésos también glorificó” (Romanos 8:30).