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P. 166. ¿A quiénes debe administrarse el Bautismo?

R. El Bautismo no debe administrarse a ninguno de los que están fuera de la iglesia visible y por lo tanto son extraños al pacto de la promesa si no es hasta que profesen su fe en Cristo y obediencia a él; b) pero los niños que descienden de padres de los cuales alguno de ellos haya profesado su fe en Cristo y su obediencia a él, por este hecho están dentro del pacto y deben ser bautizados. c) b) Hch. 8:36, 37; Hch. 2:41; c) Hch. 2:38, 39; Luc. 18:16; 1 Cor. 7:14; Rom. 11:16; Gén. 17:7-9; compárense con Gál. 3:9-14 y Col. 2: 11, 12.